La Ley 1/2018, de 6 de marzo, por la que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía, prevé una serie de medidas para paliar los efectos de las zonas afectadas por la sequía delimitadas por el Gobierno. Entre ellas, se encuentran medidas fiscales especiales paras las actividades agrarias, actuaciones en relación con la PAC y la financiación de avales, y la exención del IBI rústico de 2017 y 2018.
Los seguros agrarios también son objeto de esta ley. Así, establece que se ampliará el crédito en el trigésimo octavo y trigésimo noveno Plan de seguros Agrarios Combinados “en la cantidad necesaria para dar respuesta a la demanda”. También se crea un Fondo Extraordinario de lucha contra la sequía para subvencionar al 70% los daños a elementos que no sean asegurables, con un máximo de 8.000€, siendo requisito tener seguro.
Por otro lado, la ley pretende impulsar la reutilización de aguas convenientemente depuradas, fomentar la realización de estudios con la intención de detectar medidas de ahorro energético y económico en las explotaciones de riego y realizar inversiones para mejorar la eficiencia energética.